Resumen del Artículo cincuenta y ocho

Artículo cincuenta y ocho del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — La Comunidad de Madrid gozará del mismo tratamiento fiscal que la Ley establezca para el Estado.

EAMadVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y ocho

La Comunidad de Madrid gozará del mismo tratamiento fiscal que la Ley establezca para el Estado.

Norma publicada: 25 de febrero de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y ocho

¿Qué dice el Artículo cincuenta y ocho del EAMad?

La Comunidad de Madrid gozará del mismo tratamiento fiscal que la Ley establezca para el Estado.

¿El Artículo cincuenta y ocho del EAMad está vigente?

El artículo cincuenta y ocho del EAMad está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y ocho dentro del EAMad?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y ocho?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.